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Nuevas reglas antilavado

Las nuevas reglas antilavado 2026 ya son oficiales. El 7 de agosto de 2026, la Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 115/2026. Se trata de la modificación más profunda a estas reglas desde 2013.

Con esta publicación se cierra el nuevo marco de la LFPIORPI. Primero, la reforma a la Ley del 16 de julio de 2025 definió qué cumplir. Después, el Reglamento del 27 de marzo de 2026 precisó cómo se exige. Finalmente, estas Reglas de Carácter General fijan el contenido exacto y las fechas.

El mensaje de fondo es directo. El cumplimiento deja de ser integrar expedientes y presentar avisos. Ahora exige un sistema vivo, basado en riesgo y con monitoreo automatizado. Además, las obligaciones entran en vigor el 30 de noviembre de 2026 y se escalonan hasta 2028. Por eso, la cuenta regresiva ya empezó.

Acuerdo 115/2026

El Acuerdo 115/2026 lo firmó el Secretario de Hacienda el 24 de julio de 2026. No crea reglas desde cero. En cambio, reforma, adiciona y deroga las Reglas de Carácter General vigentes desde 2013. Antes solo se habían tocado en 2014 y 2020. Por lo tanto, es la tercera modificación y la de mayor alcance.

En concreto, adiciona once capítulos nuevos. Además, incorpora ocho definiciones al artículo 3 y deroga cinco disposiciones. Su función es traducir a reglas operativas lo que la Ley y el Reglamento dejaron pendiente. Por ejemplo, cómo identificar al beneficiario controlador y cómo tratar a las Personas Políticamente Expuestas. Sobre todo, define cómo aplicar un enfoque de riesgo a todo el programa de cumplimiento.

El enfoque

El corazón de la reforma es el Enfoque Basado en Riesgo (EBR). Hasta ahora, la mayoría de los sujetos obligados aplicaba controles uniformes. Con las nuevas reglas, eso cambia. Cada empresa deberá evaluar, clasificar y documentar el riesgo de cada cliente. Es decir, tendrá que ubicarlo en un nivel bajo, medio o alto. Después, ajustará sus controles a esa clasificación.

Esto exige construir una matriz de riesgo propia. Además, hay que incorporarla al Manual de Políticas Internas y mantenerla actualizada. No es un documento que se archiva. Por el contrario, es un criterio que se refleja en cada operación, expediente y aviso. En resumen, a mayor riesgo, mayores controles.

Clasificar a mano el riesgo de cada cliente es inviable con volumen. Por eso, DÝNAMI evalúa y actualiza ese nivel de forma automática. Asimismo, mantiene viva la matriz y deja registro de cada decisión. Así, tienes lista la evidencia que la autoridad puede requerir.

Monitoreo automatizado

Las nuevas reglas no se conforman con la evaluación inicial. También exigen mecanismos automatizados de vigilancia. En concreto, deben monitorear las operaciones en tiempo real. Además, tienen que acumular montos y detectar desviaciones del perfil del cliente. Por último, deben generar alertas de riesgo de forma inmediata. Así, termina la vigilancia manual con hojas de cálculo.

Este requisito se difiere en el calendario. En efecto, los mecanismos automatizados se vuelven exigibles el 1 de junio de 2027. Sin embargo, un sistema así no se monta en una semana. Por eso, conviene empezar ya. Aún más, la auditoría de 2028 preguntará precisamente por él.

Aquí la regla describe casi con precisión lo que DÝNAMI ya hace. La plataforma monitorea operaciones y acumula umbrales. Además, detecta cuando un cliente se sale de su perfil y dispara la alerta. De este modo, actúas antes de que el riesgo se vuelva un aviso omitido o una multa. En otras palabras, adoptarlo ahora es llegar a 2027 con la obligación resuelta.

Calendario

Cada fecha proviene de un artículo transitorio del Acuerdo:


30 de noviembre de 2026 — Entrada en vigor general.
1 de marzo de 2027 — Deben estar disponibles la evaluación con enfoque basado en riesgo y el
Manual de Políticas Internas con su metodología.
1 de junio de 2027 — Exigibles los mecanismos automatizados de monitoreo.
Enero a diciembre de 2027 — Primer periodo anual de capacitación obligatoria.
Enero a diciembre de 2028 — Primer periodo de revisión de auditoría; el dictamen se entrega a
más tardar el último día hábil de marzo de 2029.
La vacatio legis es de apenas cuatro meses, pero las obligaciones más pesadas se extienden hasta 2028.
Quien espere a la fecha límite de cada una llegará tarde a todas.

¿Que debes hacer?

No hay que esperar a noviembre. El trabajo empieza hoy. Primero, confirma si eres sujeto obligado bajo el catálogo del artículo 17. Después, construye tu matriz de riesgo. Luego, actualiza el Manual de Políticas Internas con la metodología de EBR. También conviene definir cómo clasificarás a tus clientes. Finalmente, elige el mecanismo automatizado que sostendrá el monitoreo. Más adelante llegan la capacitación de 2027 y la auditoría de 2028.

DÝNAMI reúne esas piezas en una sola plataforma. Por un lado, clasifica el riesgo de cada cliente. Por otro, ofrece monitoreo automatizado con alertas en tiempo real. Además, mantiene expedientes vivos y trazabilidad para la auditoría. De esta forma, un calendario de obligaciones se convierte en un sistema que funciona solo. Así, llegas a cada fecha con la evidencia lista y sin prisas.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo aplican las nuevas reglas antilavado?
El Acuerdo 115/2026 entra en vigor el 30 de noviembre de 2026. Sin embargo, varias obligaciones llegan después. Por ejemplo, el enfoque de riesgo y el Manual aplican desde el 1 de marzo de 2027. Además, los mecanismos automatizados se exigen desde el 1 de junio de 2027.

¿Qué es el enfoque basado en riesgo?
Es el principio que ordena clasificar a cada cliente por su riesgo. En concreto, se ubica en un nivel bajo, medio o alto. Después, los controles se gradúan según ese nivel. Así, se deja atrás el trato uniforme para todos.

¿Estoy obligado a tener un sistema automatizado?
Sí, las reglas exigen mecanismos automatizados de monitoreo. Además, deben acumular montos y generar alertas en tiempo real. Su exigibilidad corre desde el 1 de junio de 2027. No obstante, la intensidad se aplica de forma proporcional al riesgo de cada actividad.

¿Qué pasa si no cumplo?
El incumplimiento de la LFPIORPI se sanciona con multas altas. De hecho, pueden alcanzar decenas de miles de UMA. Además, existe riesgo reputacional y de bloqueo de operaciones. Por eso, el nuevo esquema de auditoría hará más visible cualquier omisión.

https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/mexico-fortalece-sistema-antilavado-nuevas-reglas-20260809-827375.html

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